Nueva normativa DGT para motoristas: cambios, equipamiento obligatorio y multas
Desde el 1 de octubre de 2026, conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deben utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. La reforma también introduce cambios sobre el uso del arcén en situaciones de congestión, el chaleco reflectante para quienes trabajan en moto y la homologación del casco en ciclomotores. Puedes ampliar la información detallada en el BOE
Algunas de estas novedades pueden suponer multas de 200 euros si no se cumplen, por lo que conviene tener claro qué es obligatorio, dónde se aplica y qué excepciones o periodos transitorios existen. Puedes ampliar la información en la página web de la DGT
Qué cambia para los motoristas desde el 1 de octubre de 2026
Estas son las principales novedades que debes tener en cuenta:
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Cambio |
¿A quién afecta? |
¿Dónde o cuándo? |
Desde cuándo |
Sanción |
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Guantes de protección |
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores |
Obligatorio en vías interurbanas |
1 de octubre de 2026 |
200 € |
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Calzado cerrado |
Conductores y pasajeros |
Obligatorios en todo tipo de vías |
1 de octubre de 2026 |
200 € |
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Casco homologado en ciclomotores |
Conductores y pasajeros de ciclomotor |
Obligatorios en todo tipo de vías |
1 de octubre de 2027. Hasta entonces pueden seguir utilizando cascos certificados |
— |
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Chaleco reflectante para profesionales |
Quienes trabajan circulando en moto o ciclomotor |
Obligatorio en todo tipo de vías durante su actividad |
1 de octubre de 2026 |
200 € |
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Circulación por el arcén derecho |
Motocicletas |
Se puedes utilizar con congestión del tráfico, máximo 30 km/h y solo en tramos señalizados |
1 de octubre de 2026 |
Depende de la infracción |
Hay una idea especialmente importante: no todas las novedades significan simplemente “comprar nuevo equipamiento”. Algunas cambian también cómo se puede circular, como ocurre con el uso del arcén durante una retención.
¿Cuándo entró en vigor la nueva normativa DGT para motos?
La modificación del Reglamento General de Circulación entró en vigor con carácter general el 1 de octubre de 2026.
Sin embargo, hay dos matices importantes.
-
El primero afecta al casco de los usuarios de ciclomotores. La norma establece un periodo transitorio de un año, por lo que podrán seguir utilizando cascos certificados hasta el 1 de octubre de 2027. A partir de entonces tendrán que cumplir la exigencia de casco homologado prevista en la reforma.
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El segundo afecta a los guantes. Desde el 1 de octubre ya es obligatorio utilizar guantes de protección en vías interurbanas, pero todavía puede desarrollarse mediante una orden ministerial qué especificaciones técnicas concretas deben cumplir. Hasta entonces, el propio Real Decreto permite seguir utilizando guantes de protección de las características que se venían usando.
¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa para motoristas?
Ya está en vigor. La fecha general fue el 1 de octubre de 2026. La principal excepción para este artículo es la exigencia de homologación del casco en ciclomotores, cuyo periodo transitorio se extiende hasta el 1 de octubre de 2027.
Guantes de protección en moto: ¿cuándo son obligatorios?
Los guantes de protección son obligatorios para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores cuando circulan por vías interurbanas.
Eso significa que debes llevarlos, por ejemplo, cuando circulas por carretera fuera de poblado.
La nueva obligación no se formula de la misma manera para la circulación urbana. En ciudad, por tanto, esta reforma no establece esa obligación específica de guantes.
Conviene prestar atención también al tipo de guante. La norma habla de guantes de protección, no simplemente de llevar las manos cubiertas. Unos guantes de vestir o unos guantes deportivos convencionales no deben confundirse con equipamiento pensado para proteger las manos de un motorista.
Por el momento, no conviene afirmar que deban cumplir una homologación técnica concreta determinada, porque las especificaciones podrán desarrollarse mediante una orden posterior del Ministerio del Interior.
¿Será obligatorio llevar guantes en moto?
Sí, ya lo es en vías interurbanas. La obligación afecta tanto al conductor como al pasajero de motocicletas y ciclomotores.
Calzado cerrado obligatorio para motoristas
Otra de las novedades importantes es mucho más sencilla de recordar:
El calzado cerrado es obligatorio en todo tipo de vías.
A diferencia de los guantes, aquí no importa si circulas por ciudad o carretera. Tanto conductor como pasajero deben utilizar un calzado que cubra todo el pie.
Por tanto, no deberías circular en moto utilizando:
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Chanclas.
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Sandalias abiertas.
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Calzado que deje parte del pie descubierto.
La norma habla de calzado cerrado, pero eso no significa que cualquier zapato ofrezca el mismo nivel de protección.
Para circular habitualmente en moto resulta recomendable utilizar un calzado que, además de cumplir la obligación, sujete bien el pie y proporcione protección en zonas como el tobillo y el empeine.
¿El calzado cerrado es obligatorio también en ciudad?
Sí. A diferencia de los guantes, el calzado cerrado debe utilizarse en todo tipo de vías, incluidas las urbanas.
Casco homologado y chaleco reflectante: ¿qué cambia?
Aquí es importante no transmitir la idea de que el casco pasa a ser obligatorio ahora. El uso del casco en moto ya era obligatorio.
La novedad relevante está en sus características.
El Reglamento establece el uso de cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22 para los vehículos afectados. En el caso específico de los ciclomotores existe un periodo transitorio que permite seguir utilizando cascos certificados durante un año desde la entrada en vigor de la reforma, es decir, hasta el 1 de octubre de 2027.
El chaleco también gana importancia
La reforma introduce además dos situaciones distintas que no conviene mezclar.
Por un lado, las motocicletas deben llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad entre su dotación obligatoria. El conductor debe utilizarlo cuando salga del vehículo y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana.
Por otro lado, quienes desarrollan su actividad profesional circulando en motocicleta o ciclomotor deben llevar el chaleco reflectante puesto mientras realizan esa actividad, en todo tipo de vías. Es el caso, por ejemplo, de muchos repartidores o riders.
No llevarlo durante la actividad profesional cuando resulta obligatorio constituye una infracción grave sancionada con 200 euros.
¿La normativa afecta igual a motos y ciclomotores?
No exactamente. Comparten obligaciones importantes, como los guantes en vías interurbanas y el calzado cerrado, pero existen particularidades. Una de las más claras es el periodo transitorio previsto para los cascos de ciclomotor, que llega hasta octubre de 2027.
¿Qué multas pueden ponerte con la nueva normativa?
La DGT identifica como infracciones graves varios de los incumplimientos introducidos por la reforma.
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Incumplimiento |
¿A quién afecta? |
Sanción |
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No llevar guantes de protección cuando son obligatorios |
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores |
200 € |
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Circular sin calzado cerrado |
Conductores y pasajeros |
200 € |
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No utilizar chaleco reflectante durante la actividad profesional |
Riders y otros profesionales que circulan en moto o ciclomotor |
200 € |
¿Cuál es la multa por ir en moto sin guantes o sin calzado cerrado?
La sanción indicada por la DGT es de 200 euros. En el caso de los guantes, la obligación se aplica en vías interurbanas; el calzado cerrado, en cambio, es obligatorio en todo tipo de vías.
Circular por el arcén en moto: ¿qué permite realmente la reforma?
Las motocicletas pueden circular por el arcén derecho en los tramos habilitados y señalizados, pero únicamente cuando el tráfico de los carriles esté detenido por congestión. No basta con que los coches circulen despacio.
Además, debes cumplir estas condiciones:
-
No superar los 30 km/h.
-
Circular de uno en uno, extremando la precaución.
-
No poner en riesgo a quienes están obligados a circular por el arcén, como los ciclistas, y abandonarlo si fuera necesario.
Si simplemente encuentras una retención y decides empezar a adelantar vehículos utilizando un arcén que no está habilitado, esta nueva excepción no te ampara.
¿Puedo circular por el arcén con la moto si hay atasco?
Solo en los tramos habilitados y señalizados, cuando el tráfico de los carriles esté detenido por congestión. Debes utilizar el arcén derecho, circular de uno en uno y no superar los 30 km/h, respetando a quienes están obligados a circular por él.
Qué equipamiento deberías revisar con la nueva normativa
Si utilizas una motocicleta o un ciclomotor, merece la pena hacer una comprobación sencilla de tu equipamiento para asegurarte de que estás preparado para las nuevas obligaciones.
Comprueba especialmente:
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Guantes de protección si circulas por vías interurbanas.
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Calzado cerrado que cubra completamente el pie.
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Casco adecuado y homologado, teniendo en cuenta el periodo transitorio específico de los ciclomotores.
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Chaleco reflectante entre la dotación de la motocicleta.
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Chaleco reflectante durante la conducción si utilizas la moto para desarrollar tu actividad profesional.
No se trata de comprar equipamiento nuevo porque sí. Si lo que ya utilizas cumple las condiciones correspondientes, no necesitas sustituirlo únicamente porque haya entrado en vigor la reforma.
¿Qué tengo que comprar con la nueva normativa?
No existe una lista de compras igual para todos. Revisa primero lo que ya tienes. Si circulas por carretera necesitas guantes de protección; el calzado debe ser cerrado en cualquier vía; y también debes comprobar casco y chaleco según tu vehículo y uso profesional.
Qué revisar en tu moto además del equipamiento obligatorio
Cumplir la normativa evita sanciones, pero el equipamiento personal es solo una parte de la seguridad. El estado de la moto importa tanto como llevar guantes, calzado o casco adecuados.
Si utilizas la moto a diario o vas a hacer un viaje, conviene revisar especialmente neumáticos, frenos, luces y suspensión.
Neumáticos
En una moto, los neumáticos tienen una influencia directa en el agarre, la estabilidad y la frenada. Comprueba:
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Presión correcta.
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Profundidad y estado del dibujo.
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Desgaste irregular.
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Grietas, cortes o deformaciones.
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Objetos incrustados.
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Pérdidas frecuentes de presión.
Si ha llegado el momento de sustituirlos, puedes consultar los neumáticos para moto de Confortauto y buscar opciones compatibles por matrícula, medidas o vehículo. Ver neumáticos para moto en Confortauto
Frenos
Presta atención al estado de las pastillas y discos, al líquido de frenos y a cualquier cambio en el tacto de la maneta o el pedal.
Si notas que la moto frena peor, aparecen ruidos o vibraciones o la respuesta ha cambiado, conviene revisarlo antes de seguir circulando.
Luces
Comprueba la luz de cruce, carretera, posición, intermitentes y luz de freno.
Sobre dos ruedas no solo es importante ver correctamente: también necesitas que el resto de conductores te vea con claridad.
Suspensión y posibles pérdidas
Una fuga, un comportamiento extraño de la suspensión, rebotes excesivos o pérdidas de líquidos también pueden afectar a la estabilidad y a la seguridad.
No conviene esperar a que el problema sea evidente para revisarlo.
¿Necesitas revisar tu moto?
Si detectas desgaste en los neumáticos, problemas de frenado o cualquier comportamiento extraño, puedes acudir a un taller Confortauto.
La red cuenta con talleres que trabajan también con motocicletas y servicios relacionados con neumáticos y mecánica. Puedes localizar el centro más cercano y consultar sus servicios antes de acudir. Encuentra tu taller Confortauto
Revisa tu moto antes de que una pequeña anomalía termine convirtiéndose en una avería o un problema de seguridad.
¿La reforma también afecta a los patinetes eléctricos?
Sí. La reforma incluye también nuevas obligaciones para vehículos de movilidad personal, así como para ciclistas y otros usuarios vulnerables.
Pero sus requisitos son distintos. Este artículo se centra únicamente en motocicletas y ciclomotores para no mezclar normas que responden a vehículos diferentes.
Qué debes recordar de la nueva normativa para motoristas
Desde el 1 de octubre de 2026 hay dos cambios especialmente sencillos de recordar:
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En carretera: guantes de protección.
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En cualquier vía: calzado cerrado.
Si utilizas la moto profesionalmente, presta también atención al chaleco reflectante. Si conduces un ciclomotor, recuerda que el periodo transitorio relativo al casco termina el 1 de octubre de 2027.
Y si te encuentras un atasco, no des por hecho que puedes utilizar el arcén: solo puedes hacerlo en los tramos habilitados y señalizados, cuando el tráfico de los carriles esté detenido por congestión, de uno en uno y sin superar los 30 km/h.
La nueva normativa busca aumentar la protección del motorista, pero el equipamiento no sustituye al mantenimiento. Si vas a utilizar la moto a diario, revisar neumáticos, frenos y luces es tan importante como llevar correctamente el equipamiento obligatorio.